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Revista · Normativa · 8 min de lectura

Requisitos para vender e importar cosméticos en la UE

Quién asume cada obligación cuando se importan o venden cosméticos en la UE: resumen del Reglamento (CE) n.º 1223/2009, con artículos y fuentes oficiales.

En resumen

Todo producto cosmético necesita una persona responsable establecida en la UE; en la importación suele ser el importador.

Antes de comercializarlo: informe de seguridad, expediente de información del producto y notificación en el CPNP.

Los distribuidores comprueban etiquetado, idioma y fecha de duración, y actúan si un producto no es conforme.

¿Qué normativa regula los cosméticos en la UE?

Las reglas básicas las fija el Reglamento (CE) n.º 1223/2009, de aplicación directa en todos los Estados miembros desde el 11 de julio de 2013. Las reivindicaciones se rigen además por el Reglamento (UE) n.º 655/2013.

Al ser un reglamento, no necesita transposición: los mismos requisitos se aplican en España, Alemania o Francia. Los Estados miembros añaden normas nacionales sobre control, sanciones y, en algunos casos, la comunicación de las actividades de fabricación o importación. En España la autoridad competente es la AEMPS.

Los anexos del reglamento recogen las sustancias prohibidas y restringidas y los colorantes, conservantes y filtros UV permitidos. Se modifican con frecuencia, así que consulte siempre la versión consolidada.

Fuentes: Reglamento (CE) n.º 1223/2009 (EUR-Lex) · Reglamento (UE) n.º 655/2013 (EUR-Lex).

Importante: esta guía es un resumen general, no asesoramiento jurídico. Para un producto o modelo de negocio concreto, consulte a un abogado o consultor especializado en normativa cosmética.

¿Quién es la persona responsable y cuándo lo es el importador?

Solo pueden comercializarse en la UE los productos para los que se haya designado una persona responsable establecida en la UE (artículo 4). En un producto importado de fuera de la UE, la persona responsable es el importador, salvo que designe a otra mediante mandato escrito.

En los productos fabricados en la UE, la persona responsable es el fabricante, salvo que designe por escrito a otra. Un distribuidor pasa a ser persona responsable si comercializa un producto con su propio nombre o marca, o si lo modifica de forma que pueda afectar al cumplimiento de los requisitos.

Según el artículo 5, la persona responsable garantiza que el producto cumple el reglamento: seguridad, buenas prácticas de fabricación, evaluación de la seguridad, expediente de información, notificación, etiquetado y reivindicaciones. Si un producto no es conforme, debe adoptar medidas correctoras y colaborar con las autoridades.

Quién asume este papel en un proyecto de marca blanca se explica en nuestra guía de marca blanca.

¿Qué contiene el expediente de información del producto (PIF)?

Según el artículo 11, la persona responsable conserva un expediente de información para cada producto cosmético. Debe guardarse durante diez años desde la comercialización del último lote y estar a disposición de las autoridades en la dirección que figura en la etiqueta.

El expediente incluye:

  • una descripción del producto que permita relacionarlo claramente con el expediente
  • el informe sobre la seguridad del producto cosmético
  • una descripción del método de fabricación y una declaración de cumplimiento de las buenas prácticas de fabricación (a menudo según EN ISO 22716)
  • las pruebas del efecto reivindicado, cuando lo justifiquen la naturaleza o el efecto del producto
  • los datos sobre ensayos en animales relacionados con el producto o sus ingredientes

Debe estar en una lengua fácilmente comprensible para las autoridades del Estado miembro donde se conserva. Fuente: artículo 11 del Reglamento (CE) n.º 1223/2009 (EUR-Lex).

¿Qué es el informe sobre la seguridad del producto cosmético (CPSR)?

El CPSR demuestra que el producto es seguro para la salud humana en condiciones normales o razonablemente previsibles de uso (artículo 10). Consta de una parte A con la información sobre seguridad y una parte B con la evaluación de un evaluador de seguridad cualificado.

La parte A, según el anexo I, abarca entre otros aspectos la composición, las características fisicoquímicas y la estabilidad, la calidad microbiológica, las impurezas, el material de envase, el uso previsto, la exposición y el perfil toxicológico de las sustancias. La parte B recoge la conclusión del evaluador, las advertencias e instrucciones de uso y el razonamiento.

La evaluación debe hacerla una persona con titulación en farmacia, toxicología, medicina o una disciplina similar. Si cambia la fórmula, el informe debe revisarse. Como importador o comercio no necesita ver el informe, pero sí poder confiar en que la persona responsable lo tiene. Los nombres de ingredientes que utiliza se explican en nuestra guía INCI.

¿Cómo se notifica un cosmético en el CPNP?

Antes de comercializar el producto, la persona responsable lo notifica por vía electrónica en el Portal de Notificación de Productos Cosméticos (CPNP), conforme al artículo 13. Una sola notificación sirve para toda la UE.

La notificación incluye, entre otros datos, la categoría y el nombre del producto, la persona responsable, el país de origen en los productos importados, el Estado miembro donde se comercializa por primera vez, la presencia de nanomateriales o de sustancias clasificadas como CMR, la formulación marco y la etiqueta original con una fotografía del envase.

Los distribuidores tienen una obligación propia de notificar en un caso: si comercializan el producto en otro Estado miembro y traducen por iniciativa propia elementos del etiquetado para cumplir la legislación nacional (artículo 13, apartado 3). El CPNP es gratuito y lo gestiona la Comisión Europea: Portal de Notificación de Productos Cosméticos (CPNP).

¿Qué debe figurar en la etiqueta y qué reivindicaciones se permiten?

El artículo 19 enumera las menciones obligatorias, desde la persona responsable y el contenido nominal hasta el número de lote y la lista de ingredientes. Las reivindicaciones deben cumplir los seis criterios comunes del Reglamento (UE) n.º 655/2013.

En los productos importados debe indicarse además el país de origen. El idioma de determinadas menciones lo fija la legislación del Estado miembro donde se vende el producto; en España, las menciones obligatorias deben figurar al menos en castellano. Nuestra guía de compra al por mayor detalla los elementos de la etiqueta.

Los seis criterios para las reivindicaciones son: cumplimiento de la legislación, veracidad, datos justificativos, honradez, equidad y toma de decisiones con conocimiento de causa. En la práctica:

  • Ninguna reivindicación puede sugerir un efecto médico, como tratar una afección de la piel.
  • Expresiones como «hidratante» requieren pruebas adecuadas.
  • No se admiten reivindicaciones «sin» para sustancias que ya están prohibidas.

Fuente: Reglamento (UE) n.º 655/2013 (EUR-Lex).

¿Qué obligaciones tienen los distribuidores y comercios?

Según el artículo 6, los distribuidores actúan con la debida diligencia. Antes de comercializar un producto comprueban que figura la información obligatoria del etiquetado, que se cumplen los requisitos lingüísticos y que no ha vencido la fecha de duración mínima.

Es distribuidor cualquier persona de la cadena de suministro, distinta del fabricante o del importador, que comercializa un producto: mayoristas, tiendas y comercios online. Sus obligaciones, en resumen:

  • comprobar en la etiqueta la persona responsable, el número de lote y la lista de ingredientes
  • almacenar y transportar los productos sin que se vea afectado su cumplimiento
  • si un producto no es conforme, no venderlo o adoptar medidas correctoras, e informar a la persona responsable
  • si existe un riesgo para la salud, informar también a las autoridades
  • identificar ante las autoridades, si lo piden, a sus proveedores y clientes (artículo 7)

Si está montando un negocio de distribución, encontrará más en nuestra guía para distribuidores.

Última actualización: octubre de 2026Esta página ofrece información general sobre cosmética y prácticas comerciales. No constituye asesoramiento jurídico, fiscal ni médico.

FAQ

Preguntas frecuentes

¿El importador de fuera de la UE es automáticamente la persona responsable?

Sí. Para cada producto que comercializa en la UE, el importador es la persona responsable, salvo que designe mediante mandato escrito a otra persona establecida en la UE y esta lo acepte por escrito (artículo 4).

¿Cuándo pasa un comercio a ser la persona responsable?

Cuando comercializa un producto con su propio nombre o marca, o lo modifica de forma que pueda afectar al cumplimiento de los requisitos. La mera traducción de la información del etiquetado no se considera una modificación (artículo 4, apartado 6).

¿Necesito una nueva notificación para vender en otro país de la UE?

No, una notificación en el CPNP sirve para toda la UE. Solo si traduce el etiquetado por iniciativa propia debe presentar, como distribuidor, la información del artículo 13, apartado 3.

¿Qué hay que tener en cuenta al exportar cosméticos fuera de la UE?

Se aplica la legislación del país de destino. Muchos países exigen una persona responsable local, una notificación o registro y etiquetas en el idioma local; en el Reino Unido, por ejemplo, hacen falta una persona responsable británica y la notificación a través del servicio SCPN. Los importadores suelen pedir un certificado de libre venta.

¿Qué partidas arancelarias corresponden a los cosméticos?

Los productos de cuidado de la piel suelen clasificarse en la partida 3304, los capilares como el champú en la 3305 y el jabón y los productos líquidos para lavar la piel en la 3401. El código exacto depende del producto; compruébelo en la base de datos TARIC o con su agente de aduanas.

¿Hay que comunicar los efectos no deseados?

Sí. La persona responsable y los distribuidores deben comunicar sin demora los efectos graves no deseados a la autoridad competente (artículo 23). A los clientes con problemas de piel conviene remitirlos al médico.

¿Esta guía es asesoramiento jurídico?

No. Resume la normativa de la UE en términos generales y no sustituye el consejo de un abogado o de un experto en normativa cosmética. Para documentación de producto o preguntas sobre nuestra gama, utilice el formulario de contacto.

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